Derecho de Sucesiones

Más de 15 años de experiencia brindando asesoramiento legal integral en diversas áreas del derecho, con soluciones claras, estratégicas y adaptadas a cada necesidad. 

Sucesiones

En el área de Sucesiones, brindamos un asesoramiento integral y personalizado en todo lo concerniente a la transferencia del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos.

  • Esto abarca desde la gestión inicial del proceso sucesorio ante los tribunales, la declaración de herederos, la administración de los bienes de la herencia, hasta la partición y adjudicación de los mismos.
  • Nos ocupamos de facilitar y agilizar los trámites necesarios, procurando proteger los derechos de nuestros clientes y resolver cualquier conflicto que pudiera surgir en este delicado proceso.
  • Contamos con experiencia en sucesiones testamentarias e intestadas, así como en la planificación sucesoria para evitar futuros inconvenientes.


Etapas de este procedimiento

Conoce paso a paso cómo se desarrolla una sucesión y qué ocurre en cada instancia del proceso legal.

01

Inicio del trámite

Reunida toda la documentación, se redacta por escrito el inicio y cita para la firma.

02

Declaratoria de herederos

Según las particularidades del caso y del juzgado, la resolución suele dictarse en un plazo de 3 a 6 meses.

03

Incorporación de bienes

Con la Declaratoria de Herederos o el Testamento aprobado, se incorporarán al expediente los bienes del fallecido.

04

Finalización

Se inscribirá la resolución en los registros correspondientes dando por finalizada la sucesión.



Documentación requerida

  • Partida de defunción del causante (fallecido).
  • Partidas de nacimiento de los hijos.
  • Partida de defunción de los hijos fallecidos, si corresponde.
  • Partida de matrimonio si estaba casado/a.
  • Partida de defunción del cónyuge si era viudo/a.
  • Partidas que acrediten los vínculos si se tratara de otros parentescos.
  • Nombre, domicilio, DNI, estado civil de todos los que heredan.
  • Títulos de propiedad para exhibir y fotocopias para entregar.
  • Una boleta de ABL o ARBA del año en curso, de los inmuebles que se denuncien en la sucesión.
  • Otras documentaciones que acrediten cuentas bancarias, derechos, acciones, etc.


Preguntas Frecuentes

¿En donde se inician los trámites de la sucesión?

La sucesión se inicia en el Juzgado Civil del último domicilio real del fallecido, es decir, donde vivía al momento de su fallecimiento.

Se requiere el acta de defunción, DNI del fallecido, partida de nacimiento o matrimonio de los herederos y escrituras o títulos de los bienes a heredar.

Sí, y como se indicó precedentemente solo tendrá validez el último que otorgue, quedando sin efecto todos los anteriores.

Existen dos tipos:

  • Sucesión testamentaria, cuando hay testamento válido.

  • Sucesión intestada, cuando no hay testamento y la ley determina quiénes son los herederos.

Esta cesión debe hacerse por escritura pública. La cesión puede hacerse hasta la partición de los bienes. La escritura debe ser agregada al expediente sucesorio ya que es el medio más idóneo para la publicidad del acto.

Atendemos en Lomas de Zamora, CABA y Provincia de Buenos Aires. Podes contactarnos por WhatsApp, teléfono o mediante el formulario de contacto del sitio.